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martes, 13 de marzo de 2012

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CONFIRMA LA SENTENCIA DE CUESTA DE LA BARCA

LOS JUECES ANULAN POR FRAUDE DE LEY LA VENTA DE LOS TERRENOS LLEVADA A CABO POR PARTE DEL ANTERIOR EQUIPO DE GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR

Rueda de prensa del Alcalde de Moguer, Gustavo Cuéllar y el Teniente Alcalde de Mazagón, Francisco Martínez

El Alcalde Gustavo Cuéllar y el Teniente de Alcalde de Mazagón, Francisco Martínez, han valorado esta mañana ante los medios de comunicación la reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que confirma íntegramente la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Huelva, sobre el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía, el Grupo Municipal Socialista de la localidad y el grupo municipal Avema, contra el procedimiento de venta de los terrenos de Cuesta de la Barca por parte del Ayuntamiento de Moguer, gobernado en su día por el Partido Popular de Juan José Volante.

El Alcalde socialista y el Teniente de Alcalde de Avema, explicaron a los medios de comunicación la relación de los hechos que motivaron el citado recurso y lamentaron «el terrible daño que para la economía local supuso la maniobra del partido popular de querer malvender los terrenos de Cuesta de la Barca, provocando además como efecto añadido una paralización de varios años en el desarrollo turístico de nuestra playa».

Tanto Cuéllar como Martínez coincidieron en destacar «que el procedimiento de venta promovido por el gobierno municipal de Volante estuvo lleno de irregularidades en la tasación de los terrenos y no se atendió en ningún momento a los informes realizados por los propios técnicos municipales, de manera que en la propia sentencia judicial del TSJA se califica la gestión del gobierno popular, no sólo como una incongruencia, sino como un verdadero fraude de ley». Recordemos que los terrenos salieron a subasta con una valoración de 2.300.000 euros realizada por una empresa externa, frente a los 27 millones de euros en los que fueron tasados por la Junta de Andalucía.

La sentencia emitida por el máximo órgano judicial andaluz insiste en su convicción de que el Ayuntamiento «no obró conforme a los principios inspiradores de las normas de valoración, que tratan de evitar que las Administraciones Públicas malbaraten sus bienes», lo que según el primer mandatario local, «es lo que pretendía el gobierno del Partido Popular, pero gracias a la intervención de la Junta de Andalucía y los Grupos Municipales PSOE y AVEMA conseguimos evitarlo».

A partir de este momento el Ayuntamiento de Moguer intentará desarrollar nuevamente los magníficos planes urbanísticos diseñados en su día para esta privilegiada zona del litoral onubense y que llevan casi 7 años paralizados, con el consiguiente perjuicio para los ciudadanos y ciudadanas de Moguer y Mazagón, una gestión que los actuales responsables municipales se comprometieron a acometer «con absoluto respeto a la legalidad vigente»

Relación de hechos:

El 16 de mayo de 2005 el Ayuntamiento de Moguer gobernado por el popular Juan José Volante, acordó la enajenación, mediante concurso en procedimiento abierto, de una parcela en el Plan parcial Faro 2 Cuesta de la Barca de Mazagón, con una superficie de 60,90 hectáreas, aprobando el pliego de cláusulas administrativas particulares que había de regir el concurso.

El Ayuntamiento dirigido por el PP contrató a dos entidades externas para la tasación de los terrenos, la empresa COHISPANIA y el arquitecto técnico Sr. Bengoa, aún cuando los técnicos municipales estaban perfectamente capacitados para realizar esa tasación, gozando además de la presunción de imparcialidad como queda recogido en la propia sentencia.

La valoración externa tasó los terrenos en 2.369.516,10 € y 338.502,30 € respectivamente, mientras que la tasación que realizó posteriormente la Junta de Andalucía, otorgó a la parcela de Cuesta de la Barca un valor de 27.537.539,76 €.


Terrenos de Cuesta de La Barca

Esta enorme diferencia entre las valoraciones externas y la realizada por la Junta de Andalucía viene motivada porque las empresas contratadas por el Ayuntamiento acometieron esa valoración basándose en la calificación del terreno como «rústico forestal», sin tener en cuenta que esa parcela, según consta en el Plan Parcial el Picacho está integrada en el Sector 4 del suelo urbanizable de Mazagón, y por tanto su valor era muy superior.

Según la sentencia recibida en el Ayuntamiento, se confirma que el procedimiento administrativo iniciado en su día por el equipo de gobierno popular infringía la normativa sobre valoraciones, bienes de entidades locales o contratación, existiendo además una omisión no motivada del procedimiento normal que debería haber sido subasta pública, tal como en dos ocasiones se recomendaba en sendos informes elaborados por los responsables técnicos de Secretaría e Intervención.

Contra este acuerdo del gobierno popular que iniciaba el procedimiento de venta, tanto la Junta de Andalucía como los grupos municipales PSOE y AVEMA interpusieron recurso contencioso administrativo para evitar el expolio de los terrenos municipales, un recurso que fue estimado en primera instancia en noviembre de 2008 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, y cuya sentencia ha sido ratificada de nuevo plenamente y en todos sus términos por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.